A- de 2021
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicción remitido por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Riosucio (Caldas).
En el trámite de un proceso penal iniciado por un ciudadano por el delito de lesiones personales dolosas, el Gobernador del Resguardo Indígena Escopetera y Pirza radicó ante el juzgado de conocimiento, solicitud para que la jurisdicción indígena conociera la causa penal.
Esta petición fue sustentada por la abogada defensora, quien también obraba como apoderada del referido resguardo.
La funcionaria judicial remitió el expediente a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura para que dirimiera la controversia planteada.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte estableció que no se cumplió el primero, por cuanto no existió pronunciamiento alguno de la jueza penal respecto de su competencia para conocer del asunto y solo se limitó a remitir el expediente sin reclamar para sí o negar sus atribuciones legales para continuar con el trámite del proceso.
En tales términos, la Sala Plena concluyó que no existió realmente una oposición entre jurisdicciones y, por ello, decidió declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-138 al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Riosucio (Caldas) para lo de su competencia y para que comunique esta providencia a los interesados dentro del tramite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.